Objetivo: lograr un nivel de control de riesgos de calidad constante y que minimice la aparición de incidentes.
El control interno y el control de riesgos deben estar al nivel de los estándares de mercado en lo que respecta tanto a las operaciones de gestión de deuda negociable, de tesorería o de derivados como a las operaciones por cuenta de terceros. La organización implementada debe posibilitar la detección rápida de malfuncionamientos o incidentes que pudieran interferir en la correcta ejecución de las operaciones de deuda y tesorería, precaverse y medir sus impactos. El alcance de dicho control está condicionado igualmente por la diversidad de las operaciones realizadas por la AFT y de los circuitos de pago utilizados, así como por la internacionalización de sus contrapartes.
Para medir la consecución de dicho objetivo se han desarrollado varias series de indicadores.
Indicadores sobre la calidad del sistema de control implementado por la AFT
- Primer indicador: recoge el número de incidentes o infracciones a las reglas internas de la AFT (límites de riesgos, habilitaciones, controles).
- Segundo indicador: se trata de la nota atribuida por un auditor externo (KPMG al conjunto de 2017). Dicha nota es el resultado de verificar en qué medida los procedimientos de la AFT se adecuan a sus actividades y a los riesgos inherentes a estas mismas. El decreto de 3 de noviembre de 2014 relativo al control interno de las empresas del sector bancario es, desde de 2015, el texto de referencia para las disposiciones aplicables a la AFT.
Indicadores relativos a incidentes en la ejecución de operaciones de deuda y tesorería
- Primer indicador: número de incidentes que degradan el nivel de la cuenta en el Banco de Francia.
- Segundo indicador: número de incidentes que no degradan o incluso mejoran el saldo de la cuenta en el Banco de Francia.
- Tercer indicador: número de incidentes relacionados con los sistemas implicados en la gestión de las operaciones, incidentes de conformidad e incidentes de índole diversa como el incumplimiento eventual de los procedimientos operativos internos.